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Mostrando entradas de marzo, 2018

DERECHO DE PETICIÓN ACTIVIDAD EN CLASE

a Constitución Política de Colombia , dispone: ARTICULO 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales. ADVERTENCIA: Este post está en revisión para reescribirlo debido a l a expedición de la Ley 1437 de 2011 ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL DERECHO DE PETICIÓN? Su objetivo primordial es lograr una comunicación fluida y eficaz entre las autoridades del Estado y los particulares. Se busca con ello que las relaciones entre unos y otros no se limiten al esquema gobernante-gobernado, sino más bien torgar a los ciudadanos instrumentos que permitan hacer realidad uno de los cometidos fundamentales de un Estado Social de Derecho: que sus autoridades estén al servicio de las personas. En efecto, el derecho de petición implica el deber que tienen las autoridades de responder pr